Desde el 1 de enero multas de 4 mil pesos por no traer seguro

 
A partir del 1 de enero de 2019, los vehículos que transiten en vías, caminos y puentes federales deberán contar con un seguro que garantice a terceros el pago de los daños que pudieran ocasionar en sus bienes y personas en caso de un accidente vial.

Por lo anterior, especialistas en seguros aconsejan cumplir con este requisito antes de salir a carretera, ya que de otra forma los conductores podrían ser sancionados con multas que oscilan entre los 20 y 40 días de salario mínimo, en este caso sería con el nuevo salario de 102.68 pesos, es decir, entre 2 mil 53 pesos y 4 mil 106 pesos.

En el año 2013 se emitió una ley en el Diario Oficial de la Federación que reglamenta el tránsito de los vehículos en vías, caminos y puentes federales. Esta disposición tuvo varias etapas hasta llegar al 2019, en donde se determina que no sólo se cubra a las personas, sino a sus bienes.

Las aseguradoras generan una constancia para que el cliente que así lo quisiera, pueda demostrar que ya cumple con esa obligatoriedad en caso de que una autoridad se lo solicite. 

En caso de que un conductor ya cuente con cualquier otro tipo de póliza, no es necesario que adquiera el Seguro Obligatorio, debido a que éstos productos ya cuentan con la cobertura de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.

La autoridad va a poder exigirlo durante una infracción, incidente vial o emergencia en carretera, por lo que hay que estar prevenidos y contar con este seguros.

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