Zacatepec.- El Ayuntamiento de Zacatepec encendió la polémica tras confirmar la presentación del cantante de narcocorridos Alfredo Ríos, mejor conocido como ‘El Komander’, para el próximo 8 de agosto. El anuncio desafía de forma directa las restricciones legales vigentes en el estado de Morelos sobre la apología del delito.
El polémico artista se presentará en el Lienzo Charro de la localidad como el acto estelar de la feria en honor a Santiago Apóstol. La decisión de las autoridades municipales ocurre en un contexto de alta seguridad, donde la legislación local prohíbe de forma estricta la difusión de mensajes que exalten a la delincuencia.
¿Qué dice la ley en Morelos sobre los narcocorridos?
El Código Penal de Morelos contempla sanciones específicas para los organizadores y artistas que en eventos públicos justifiquen o promuevan delitos mediante interpretaciones musicales. Esto incluye de forma directa a los intérpretes del movimiento alterado o regional mexicano que basan su repertorio en historias de capos.
Pese al marco legal, el alcalde del municipio cañero, José Luis Maya Torres, salió en defensa de la contratación del cantante. El funcionario sostuvo que la prohibición jurídica no recae sobre el nombre de los intérpretes, sino exclusivamente sobre las piezas musicales que se ejecuten durante el espectáculo.
El edil de Zacatepec confió en que el cantante sinaloense se limitará a interpretar su repertorio romántico o de música ranchera, evitando los temas que lo lanzaron a la fama internacional. Según las autoridades locales, no existe motivo para cancelar el evento si se respeta el reglamento.
Alcalde confía en que evitarán multas económicas
"Hay artistas que cantan corridos, pero no están vetados. Lo que está prohibido son las canciones que inciten o tipifiquen algún delito", declaró tajantemente el presidente municipal ante los cuestionamientos de los medios de comunicación locales sobre el riesgo de seguridad.
Maya Torres argumentó que los cantantes cuidan sus finanzas y que ninguno de ellos se arriesgaría a romper la ley estatal. Aseguró que las penalizaciones económicas son lo suficientemente severas como para que el equipo del artista decida modificar su lista de canciones antes de subir al escenario.
Las severas penas por cantar corridos en Morelos
De acuerdo con el artículo 246 Bis del Código Penal del Estado de Morelos, las consecuencias legales no son un juego de niños. La ley prevé penas que van desde los seis meses hasta un año de prisión para los infractores que hagan apología de la violencia.
Asimismo, las multas económicas van desde los 23 mil 462 pesos hasta los 58 mil 655 pesos para quienes realicen estas interpretaciones en eventos abiertos al público. Las sanciones podrían incrementarse de forma considerable si el delito promovido en las canciones llega a consumarse después del show.