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El programa "Hablemos derecho con Miguel" se enfoca en temas de prevención y aspectos legales, destacando en este episodio la importancia de conocer y proteger los Derechos de los adultos mayores. Este tema es fundamental ya que, lamentablemente, este sector de la población a menudo es desatendido o incluso abandonado por la propia familia.

Definición y Vulnerabilidad del Adulto Mayor

Se considera adulto mayor a la persona a partir de los 65 años de edad. Este grupo ha sido, en ocasiones, segregado y tratado como si su etapa de vida productiva hubiera terminado. Esta segregación y el trato inadecuado han convertido a los adultos mayores en un grupo vulnerable.

Sin embargo, es crucial reconocer su gran valor para la sociedad y la familia. Los conocimientos que poseen son atemporales y pueden ayudar a las nuevas generaciones a cometer menos errores.

Obligaciones Legales de Cuidado y Asistencia

En la ley mexicana, especialmente la Ley para adultos mayores de 2002, se consagran sus derechos. El cuidado del adulto mayor es una obligación equiparable a tener un hijo, y no debe verse como un favor.

  1. Responsabilidad por Parentesco y Asunción de Cuidado: La responsabilidad recae primero en los hijos, y si no los hay, en los nietos. Sin embargo, existe el concepto de "devenir de cuidado": si una persona (un sobrino, un hermano, etc.) asume el cuidado del adulto mayor incorporándolo a su núcleo familiar, está obligado legalmente a cuidarlo.
  2. Alcance del Cuidado: La obligación de cuidado es general. Incluye:
    • Alimentos y medicinas.
    • Un espacio digno para vivir (higiene y un área para dormir).
    • Supervisión médica periódica rigurosa.
    • Asistencia en fisioterapia si la condición corporal lo requiere, buscando siempre la mejor calidad de vida.
    • Actividades de recreación.
  3. Sanciones por Incumplimiento: Si no se cumplen estas obligaciones y el adulto mayor sufre lesiones o fallece por descuido, los responsables pueden incurrir en un delito de omisión de cuidado en materia penal.

Derechos de Salud y Asistencia Jurídica

Los adultos mayores gozan de protecciones específicas por parte del Estado:

  • Salud: Tienen derecho a acceder al seguro universal a través del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por ley, incluso si no fueron trabajadores del IMSS o del ISSSTE. Esto les da acceso a cuadros de medicina básica.
  • Asistencia Jurídica Gratuita: El gobierno está obligado a brindarles asistencia jurídica gratuita en cualquiera de las ramas del derecho a través de la Defensoría Pública.
  • Descuentos: Por ley, tienen derecho a un descuento de casi el 50% en el 90% de los servicios gubernamentales con solo acreditar su edad.
  • Estabilidad Psicoemocional: No es saludable ni correcto que los adultos mayores estén "polulando" entre las casas de sus hijos, ya que necesitan una estadía permanente para gozar de estabilidad psicoemocional.

Formas de Violencia contra Adultos Mayores

La violencia hacia los adultos mayores es un problema común, y en ocasiones son tratados "mejor una mascota" que la persona mayor. La violencia se manifiesta de diversas formas:

  • Violencia Emocional y Psicológica: Ocurre cuando se les segrega, se les dice "Tú no opines" o "Tú ya estás grande". Imponer la agenda de la familia sobre la de ellos o excluirlos de las actividades familiares también constituye violencia.
  • Violencia Económica: Se da cuando los familiares disponen de sus pensiones, ahorros o tarjetas de apoyos gubernamentales sin su consentimiento, o si se les obliga a aportar dinero para el sustento general de la familia. Legalmente, los adultos mayores no tienen la obligación de aportar un solo quinto para el sustento familiar.
  • Violencia Física: Lamentablemente, también existe la violencia física hacia ellos.

Mecanismos de Denuncia

Si se nota maltrato o abandono (por parte de la familia, un cuidador o un vecino), se puede recurrir al DIF estatal o municipal, o a la Fiscalía del Estado.

  • El DIF, tras recibir la llamada (incluso a través del 911), realiza una visita con trabajadoras sociales para dictaminar las condiciones.
  • El Estado, al tener la obligación de cuidar, actuará en consecuencia con la simple denuncia, pudiendo iniciar una demanda de carácter civil o penal.

Protección Patrimonial y Herencias

En el tema de propiedades y herencias, el especialista recomienda a los adultos mayores que:

  1. Mantengan el Control de Bienes: No determinen ni entreguen ahorros o propiedades en vida a sus familiares, pues esto los hace más vulnerables a ser hechos a un lado.
  2. Disfruten sus Recursos: El consejo es que disfruten de sus bienes, ahorros y recursos, ya que ellos ya no serán más productivos, a diferencia del resto de la familia.
  3. Herencia es Discrecional: No existe la obligación de heredar a los hijos. La herencia puede dejarse a quien el adulto mayor decida (una institución de asistencia, el gobierno, o quien le prestó servicios). La herencia solo debe ser dispuesta por escrito (testamento), pero el disfrute de los bienes es suyo mientras vivan.

Mensaje Final

El mensaje final para los adultos mayores es recordarles que tienen la misma dignidad que cualquier ser humano y que el valor de su opinión es el mismo. Deben buscar ayuda si sienten que no respetan sus derechos. Es vital que, hasta el último momento, mantengan el control de sus finanzas y tarjetas, de forma directa o supervisada, para que puedan disfrutarlos.

Para cualquier asesoría, se puede contactar al Licenciado Eric Navarrete de Navarrete Abogados al 777 103 6370

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