Cuernavaca.- Mientras en Tepoztlán las sesiones de Cabildo se transmiten en vivo sin gastar un solo peso, el Ayuntamiento de Cuernavaca destina 75 mil pesos mensuales por este servicio. La diferencia resulta abismal en las finanzas locales.
La capital morelense realiza únicamente entre tres y cuatro sesiones al mes. Esto significa que cada transmisión en vivo le cuesta a los ciudadanos hasta 25 mil pesos.
En contraste, Tepoztlán transmite a través de Facebook utilizando únicamente al personal de su área de Comunicación Social, sin contratar a proveedores externos ni generar contratos adicionales.
Un gasto acumulado de más de un millón de pesos
Entre enero de 2025 y julio de 2026, el Ayuntamiento de Cuernavaca ha gastado un total de un millón 425 mil pesos por este concepto.
El marcado contraste entre ambos municipios cobra relevancia ante las nuevas exigencias de transparencia que entrarán en vigor de forma obligatoria en el estado.
A más tardar el 5 de enero de 2027, los 36 ayuntamientos de Morelos deberán transmitir sus sesiones en vivo de manera obligatoria.
La reforma que obliga la transparencia municipal
Esta medida responde al Decreto 1163, publicado en el Periódico Oficial "Tierra y Libertad", el cual reforma el artículo 30 de la Ley Orgánica Municipal.
La iniciativa, impulsada por la diputada Melissa Montes de Oca Montoya, busca reforzar la rendición de cuentas en todos los municipios de la entidad.
Las transmisiones deberán realizarse por medio de páginas oficiales, redes sociales o plataformas digitales de acceso gratuito.
Identificación de ediles y sentido del voto
Durante cada transmisión, los municipios deberán identificar con nombre y cargo a los integrantes del Cabildo que hagan uso de la palabra.
Asimismo, será obligatorio mostrar claramente sus intervenciones y el sentido de su voto en cada acuerdo presentado durante la sesión.
Un aspecto clave de la norma es que los videos deberán quedar publicados de forma permanente en las páginas web oficiales de los municipios.
El reto técnico para los ayuntamientos
Redes sociales como Facebook suelen eliminar las transmisiones en vivo después de un tiempo. Por ello, transmitir por redes no será suficiente para cumplir la ley.
Los ayuntamientos estarán obligados a respaldar los archivos de video en sus propios servidores o portales institucionales para consulta pública constante.
Por último, el decreto establece que las sesiones privadas solo se permitirán por causas legales justificadas de seguridad, transparencia o datos personales.
La ley entró en vigor el 8 de octubre, otorgando a los alcaldes un plazo de 90 días naturales para adaptar sus reglamentos y medios tecnológicos.
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