¿Cuánto me toca del reparto de utilidades? ¿Cómo sé si mi empresa me dará? Aquí te decimos:

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Hassan Aldama
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Cada año, del 1 de abril al 30 de mayo se pagan utilidades tratándose de las empresas que operan en México, y del 1 de mayo al 29 de junio si se trata de personas físicas con actividad empresarial. El reparto de utilidades se realiza los empleados que laboran en ellas.

Sin embargo, el esquema no aplica para trabajadores domésticos, directores, administradores y gerentes generales; profesionistas, artesanos, técnicos y otros que, mediante el pago de honorarios, presten sus servicios sin que exista una relación de trabajo subordinada con un patrón.
 

¿Cómo a saber si la empresa en donde estoy generó utilidades?

El patrón tiene 10 días hábiles después de su declaración anual para colocar un papel donde mostrará si hubo una utilidad para repartir en ese año. Si en la empresa donde trabajaste no publicaron el papel que te mencionó, posiblemente no generó utilidades y se debe a cualquiera de las siguientes reglas:

-Son empresas nuevas y haya sido su primero año de funcionamiento
-Aquellas que estén haciendo algún producto nuevo.
-Esas empresas o industrias que se dedican a la extracción, ya sea de minerales, petróleo
-Las empresas sin fines de lucro.
-El IMSS, e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, de asistencia o de beneficencia.
-Empresas que tengan un capital menor del que fije la Secretaria de Trabajo y Previsión Social por ramas de la industria.

¿Quiénes no tienen derecho al reparto de utilidades?

En estos cinco casos no tienes derecho a esta prestación:

-Los trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el ejercicio fiscal correspondiente.
-Los directores, administradores y gerentes generales de las empresas.
-Trabajadores domésticos.
-Socios o accionistas de la empresa.
-Prestadores de servicios por honorarios.

¿Cuánto recibiré de utilidades?

La ley establece que las empresas deben distribuir el 10% de sus utilidades entre los trabajadores. Para calcular el monto que le corresponde a cada
trabajador se toman en cuenta dos variables:

1. Los días trabajados (incluyendo incapacidades, periodos de maternidad, vacaciones, permisos y feriados).
2. El nivel de ingresos.

 

¿Cómo calcular mis utilidades?

Como ya se comentó las empresas que reporten utilidades deberán repartir el 10% de las mismas entre sus trabajadores. Por ejemplo, si una empresa declara utilidades por $500,000 pesos, está obligada a repartir $50,000 pesos.

$500,000 X 10% = $50,000

La utilidad repartible se debe dividir en dos partes iguales. La primera parte se repartirá con base en los días laborados por cada trabajador y la segunda de acuerdo al salario de cada empleado. Vamos a ver algunos ejemplos basados en una utilidad repartible de $50,000 pesos.

Repartición por días trabajados

Trabajador    Días laborados en el año
1                               250
2                               125
3                                80
Total de días            455
 

En este caso debemos dividir el total de la utilidad repartible a la mitad, por lo que tendríamos $25,000 pesos. Recordemos que la otra mitad se repartirá según el salario de cada trabajador.

Lo primero que debemos hacer es dividir los $25,000 pesos entre el total de días laborados por todos los trabajadores, en este ejemplo $25,000/455 = $54.94, este último valor debe ser multiplicado por el número de días trabajados en el año y de esa manera obtendremos la utilidad a repartir.

 

Trabajador    Valor por día    Días trabajados    Utilidad a repartir
1                            $54.94              250                       $13,735
2                            $54.94              125                       $6,867.5
3                           $54.94                80                        $4,395.2
                                       TOTAL    455                         $25,000
 

Repartición por salario

Trabajador    Días laborados en el año


1                            $138,000
2                            $120,000
3                            $90,000


Total de días        $348,000
 

La otra mitad de la utilidad repartible se dividirá entre el total de los salarios anuales de los trabajadores. $25,000/$348,000 = $0.07183 y este valor se multiplicará por el salario anual de cada trabajador para obtener la utilidad a repartir.

Trabajador    Valor por día    Días trabajados    Utilidad a repartir

       1                  $0.07183         $138,000                $9,912.54
       2                  $0.07183         $120,000                $8,619.6
       3                  $0.07183         $90,000                  $6,464.7
                                     TOTAL    $348,000              $25,000

De esta manera el trabajador No. 1 tendría derecho a recibir $23,647.54 pesos sumando las dos formas de repartir la utilidad, por sus días trabajados y por el salario obtenido.

 

¿Qué hacer si no me pagaron utilidades?

En caso de que donde trabajas no te hayan pagado utilidades y no den explicación alguna, se puede reclamar ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.

En caso de no tener un abogado particular, la PROFEDET realizará de forma gratuita el patrocinio del juicio laboral ante la autoridad.

¿Pueden multar a la empresa si no cumplo con el pago de utilidades?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo invita a las empresas y patrones a cumplir con el Reparto de Utilidades en tiempo y forma, pues de no hacerlo conlleva a multas que van de los 50 a los 5000 salarios mínimos vigentes, según lo señala la LFT.

¿Cómo puedo recibir asesoría sobre el Reparto de Utilidades?

La PROFEDET pone a disposición del público sus servicios de orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 911 78 77, a través de correo electrónico orientacionprofedet@stps.gob.mx, o bien de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas en todo el país, de igual forma, en las redes sociales, Twitter.- https://twitter.com/PROFEDET, y en Facebook.- https://www.facebook.com/PROFEDET