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Corte tumba 'permisos' a médicos para negar atención en Morelos; deberán reformar ley

Comunidad
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La SCJN pone freno a la discriminación en hospitales
La SCJN pone freno a la discriminación en hospitales

Cuernavaca.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) asestó un revés legislativo al Congreso local al invalidar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Morelos que permitían a los médicos evadir sus funciones bajo el argumento de la objeción de conciencia.

Los ministros determinaron que la redacción actual era tan amplia y confusa que ponía en riesgo el acceso oportuno de los ciudadanos a los servicios de salud básicos.

Prioridad al paciente sobre creencias

Durante la sesión del Pleno, al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 165/2023, el Máximo Tribunal dejó claro que, si bien la objeción de conciencia es un derecho individual de los trabajadores, este no puede estar por encima de la salud de los pacientes.

La Corte reiteró que el ejercicio de las convicciones personales del personal médico no debe interrumpir ni negar servicios esenciales, especialmente aquellos relacionados con la salud sexual y reproductiva.

Freno a la discriminación en hospitales

Los ministros subrayaron que esta figura legal no puede convertirse en un mecanismo de discriminación. El objetivo es evitar barreras que afecten principalmente a los grupos en situación de vulnerabilidad en los centros médicos del estado.

Con esta resolución, se garantiza que ningún tratamiento o procedimiento médico sea negado por motivos ideológicos o religiosos del prestador de servicio.

Congreso de Morelos bajo advertencia

Tras el fallo, los diputados locales tienen un plazo de 90 días naturales para reformar la legislación y adecuarla a los parámetros constitucionales fijados por la SCJN.

Esta decisión sienta un precedente histórico en la entidad para asegurar que la atención médica sea continua, eficiente y libre de prejuicios personales.

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Marcela García
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