La Comisión de Puntos Constitucionales, presidida por la diputada Miroslava Carrillo Martínez (Morena), aprobó sin cambios y por unanimidad de 27 votos, la minuta que crea la Guardia Nacional, devuelta por el Senado para los efectos de la fracción e) del artículo 72 constitucional.
El documento que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de los artículos 10, 16, 21, 31, 35, 36, 73, 76,78 y 89 de la Constitución Política, será sometido al Pleno de la Cámara de Diputados para su discusión y votación.

Destaca que la Federación contará con una institución policial civil denominada Guardia Nacional, que se constituirá con los elementos de la Policía Federal, Militar y Naval; estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional en la materia.
Cita que la formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial, fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto y los derechos humanos.

Establece la facultad del Congreso de la Unión para expedir leyes que, con respeto a las garantías de las personas, fijen las bases de coordinación entre la Federación, entidades federativas y municipios; organicen la Guardia Nacional y las demás instituciones de seguridad pública en materia federal, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Constitución, así como la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, y la Ley Nacional del Registro de Detenciones.

En los artículos transitorios, la minuta detalla que durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del decreto, en tanto la Guardia Nacional desarrolla su estructura, capacidades e implantación territorial, el Presidente de la República podrá disponer de la Fuerza Armada permanente en tareas de seguridad pública.
Además, subraya que los Ejecutivos de las entidades federativas presentarán ante el Consejo Nacional de Seguridad Pública, en un plazo que no podrá exceder de 180 días a partir de la entrada en vigor del decreto, el diagnóstico y programa para el fortalecimiento del estado de fuerza y las capacidades institucionales de sus respectivos cuerpos policiales, estatales y municipales.
El Congreso de la Unión, dentro de los 60 días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto, expedirá la Ley de la Guardia Nacional, así como las leyes nacionales que reglamenten el uso de la fuerza y del registro de detenciones, dentro de los 90 días naturales.
Agrega que el Senado tendrá la facultad de analizar y aprobar el informe anual que el Ejecutivo Federal le presente sobre las actividades de la Guardia Nacional. Asimismo, analizará y aprobará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Entraría en vigor en marzo

El secretario de Seguridad Pública y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo, reveló que la meta del Gobierno Federal es que la Guardia Nacional comience a operar a mediados de marzo.

"Estimamos que pudiéramos, si todo avanza como lo adelanta la Cámara de Diputados, que pudiera votar el jueves la iniciativa, estimamos que pudiéramos tener la meta constitucional de los 17 congresos a mediados de marzo. Luego vienen las leyes secundarias, pero todo en paralelo, porque no hay tiempo que perder”, urgió.
Explicó que en estos momentos hay dos equipos de trabajo funcionando: Uno para desarrollar todo el proceso de creación de la Guardia, que es el proceso legislativo, presupuestal y administrativo; y por otro lado una comisión al interior de la Policía Federal para proponer el programa de transición.
Dijo que hoy o mañana le presentarán al presidente el plan de trabajo que les permita ir construyendo la Guardia Nacional en paralelo a lo que aún falta del proceso legislativo.

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