El Sistema DIF estatal cancelará cuotas de recuperación por los servicios que brinda, a ciudadanos que no estén en condiciones de pagarlas por la crisis económica que provocó la pandemia de COVID-19.

La institución publicó en el periódico oficial “Tierra y Libertad” las disposiciones jurídicas que permitirán la cancelación.

En los lineamientos se destaca el espíritu del DIF de apoyar a las personas que están en riesgo o desventaja, por lo que se incluyeron “las normas y bases para hacer la cancelación de adeudos a favor del Sistema y a cargo de terceros”.

Esto podrá autorizarse “en los casos de notoria imposibilidad práctica de su cobro, con la prevención de que cuando proceda la citada cancelación, se someterá a la aprobación de la Secretaría de Hacienda y de la Secretaría coordinadora”, según lo que se puede leer en el documento publicado.

EL DIF señaló que la condición de riesgo o desventaja de las personas puede presentarse con mayor énfasis en momentos adversos, como los que se viven después de desastres naturales o como el que se experimenta en la actual emergencia sanitaria.

También indica que la cancelación de cuotas puede autorizarse en casos fortuitos que serán calificados en lo individual.

Lo anterior aplicará para las cuotas que fueron debidamente aprobadas por la Junta de Gobierno del Sistema DIF en la primera sesión extraordinaria de 2019, celebrada en febrero.

En los lineamientos se definieron los conceptos de cuotas de recuperación, desastres naturales, emergencias sanitarias, estudio socioeconómico, y personas de escasos recursos, entre otros, en los que se basarán legalmente las cancelaciones que se aprueben hacer. 

Art. 19 de lineamientos

“Se cancelará el pago de cuotas de recuperación a favor del Sistema y con cargo a los beneficiarios de los trámites y servicios en materia de asistencia social que preste éste, en casos en que concurran en el Estado situaciones de emergencias sanitarias, desastres naturales o casos fortuitos que afecten la situación económica del Estado y que se refleje en las condiciones socioeconómicas de los beneficiarios, durante el periodo que abarque o perdure la contingencia de acuerdo con la declaratoria que realicen las autoridades correspondientes.”

 

ANTONIETA SÁNCHEZ

antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

 

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