Las entidades obligadas a proporcionar información pública de oficio deben fundar y motivar el porqué reservan información hasta por siete años, de no hacerlo correctamente, deben entregar la información que se les solicita.
Es el caso de la UAEM, que consideró que la información referente a la nómina era información reservada, por la que se inició una revisión producto de un recursos de inconformidad de un ciudadano que solicitó información.
Mireya Arteaga Dirzo, comisionada presidenta del IMIPE informó que cada sujeto obligado debe conformar un Comité de Transparencia, cuyos integrantes  se encargar de motivar y fundar el motivo por el que se reserva determinada información.
Por Marcela García

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