La recaptura de Carlos Ahumada Kurtz, acusado de fraude, fue suspendida a petición de la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX).

En un acuerdo publicado este viernes, María del Carmen Sánchez Cisneros, titular del Juzgado Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, concedió una suspensión provisional al empresario argentino para evitar su detención. Informó que la orden de reaprehensión reactivada en octubre de 2019 quedó sin efecto el pasado 8 de junio.

Ahumada Kurtz enfrenta cargos de fraude por presunto incumplimiento en la realización de obras públicas contratadas por el entonces Gobierno del Distrito Federal, liderado entre 2000 y 2005 por el presidente Andrés Manuel López Obrador.

A pesar de ello, el empresario solicitó a la juez de amparo su traslado a México para ponerse a disposición de las autoridades, lo cual fue denegado. Sánchez Cisneros indicó que Ahumada cuenta con una suspensión provisional que impide su detención y que no tiene la autoridad legal para intervenir en el proceso de extradición en curso en Argentina.

“No ha lugar a acordar de conformidad su petición, de que se ordene que el directo quejoso sea trasladado a territorio mexicano a fin de que sea puesto a disposición de éste órgano de control constitucional”.

“Lo anterior, en razón de que, se concedió la suspensión provisional para el efecto de que: (.) Sin embargo, aun y cuando la medida cautelar decretada se otorgó para que el quejoso no fuera detenido y quedara a disposición de éste órgano Federal en cuanto a su libertad personal se refería; no debe perderse de vista que ello es únicamente en relación con la orden de reaprehensión reclamada, la cual, fue librada el veinte de octubre de dos mil nueve (.).

“Empero, en el caso, lo que se pretende es que este Juzgado intervenga en el procedimiento de extradición a que alude el amparista y el cual se está llevando en Buenos Aires, Argentina; sin embargo, dicha autoridad internacional, no es parte en esta incidencia, por lo que no existe competencia legal para compeler a una autoridad ajena al territorio Mexicano, a que acate una suspensión de amparo. Además, el procedimiento de extradición instaurado en ese país, aun y cuando -sin conceder-, pudiera tener como objeto dar cumplimiento a la orden de reaprehensión dictada en contra del quejoso, es una información que hasta el momento no está corroborada”, señaló la jueza.

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