La mayoría de los trabajadores esperan recibir el pago del aguinaldo, ya que a partir de esa prestación laboral las personas pueden enfrentar los gastos de la época navideña o deudas, pero, ¿qué pasa si renuncié o me despidieron? Aquí te respondemos esta duda.

De acuerdo al Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), que dice que “los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos". 

No obstante, algunos dudan si recibirán el aguinaldo, ya que por la razón que fuere, la empresa decidió prescindir de sus servicios o si renunciaron a su trabajo. La respuesta es sí.

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¿Quiénes pueden recibirlo?

La Ley Federal del Trabajo estipula que los trabajadores que renunciaron de manera voluntaria a su empleo antes de que se entregue el aguinaldo tienen derecho a recibir una parte proporcional de esta prestación por los meses o días que hayas laborado en la empresa.

En caso de despido hay dos escenarios. Si llevabas más de un año trabajando en la empresa, el finiquito o liquidación debe incluir el equivalente a 15 días de salario por concepto de aguinaldo.

Si no cumpliste un año al momento del despido, la empresa debe entregarte un parte proporcional del aguinaldo. Para calcularlo, debes tomar tu salario neto mensual y dividirlo entre 30 días. El resultado se multiplica por 15. La cifra se divide por 365 y finalmente se multiplica por los días laborados.

Ejemplo: una persona laboró 160 días y tenía un sueldo de 12 mil pesos al mes. Si la empresa decidió finalizar el contrato entonces le correspondería de aguinaldo 2 mil 630 pesos.

  • 12,000 entre 30= 400 pesos
  • 400 pesos x 15 días de aguinaldo= 6 mil pesos
  • 6,000 entre 365 días del año= 16.43 pesos
  • 16.43 pesos x 160 días laborados= 2 mil 630 pesos

 

 

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