CUERNAVACA, MORELOS.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó proteger a los ciudadanos contra los diputados, al validar que estos pueden hacer uso del amparo indirecto contra las omisiones legislativas absolutas en las que los representantes populares incurran.
Ejemplo de una omisión legislativa absoluta es la negativa de los diputados a modificar el Código Civil para establecer el derecho de la comunidad lésbico-gay a cambiar su identidad.
Por mayoría de votos, la primera sala de la SCJN aprobó la jurisprudencia que otorga a los ciudadanos que se sientan afectados de manera directa por el incumplimiento en el trabajo legislativo, la posibilidad de defenderse con un juicio de amparo indirecto.
"El juicio de amparo indirecto es procedente contra omisiones legislativas propiamente dichas, es decir, cuando exista un mandato constitucional que establezca de manera precisa el deber de legislar en un determinado sentido y esa obligación haya sido incumplida total o parcialmente", precisaron los ministros.
Esta herramienta jurídica protege a los ciudadanos que, a diferencia de los poderes públicos,  que pueden echar mano de varias herramientas jurídicas, como la controversia constitucional, la acción de inconstitucionalidad, u otras, no tenían mecanismos de defensa más efectivos que el amago del juicio político contra los servidores públicos que incumplan con sus obligaciones y que pasa por la aprobación del propio Poder Legislativo.
Esta nueva jurisprudencia alcanza al Congreso local, en caso de que así lo considere un ciudadano que denuncie verse afectado en sus derechos por la improductividad legislativa, como el ejemplo citado.

... es procedente contra omisiones legislativas propiamente dichas, es decir, cuando exista un mandato constitucional que establezca de manera precisa el deber de legislar en un determinado sentido." jurisprudencia

Sala. Ministros  de la Primera Sala  sientan jurisprudencia

Por: ANTONIETA SÁNCHEZ
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

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