CUERNAVACA, MORELOS.- En el Congreso, diputados analizarán quitar del Código Familiar las prohibiciones para que personas con enfermedades terminales o problemas congénitos, como por ejemplo el que provoca el síndrome de Down, puedan contraer matrimonio.
Así lo plantea la diputada promotora de la iniciativa para reformar el artículo 77 del Código Familiar.
La diputada argumentó en el proyecto de reforma, que el contenido actual de dicho artículo, es discriminatorio para algunos segmentos de la población, como por ejemplo para quienes viven con síndrome de Down.
El proyecto fue presentado ante el Pleno legislativo en esta semana y turnado a comisiones unidas de Puntos Constitucionales y de la Familia para que los diputados que las integran lo discutan y, en su caso, aprueben el dictamen.
La diputada García Zaragoza señaló que las personas con alguna enfermedad terminal, congénita o discapacidad, podrían ejercer su derecho al matrimonio previo autorización de un médico, que establezca las consecuencias o límites que deben observar quienes expresen su deseo a la unión civil, bajo condiciones específicas.
La legisladora fundó su propuesta en la fracción quinta del artículo 1º. constitucional que establece que “queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Lo que establece el artículo 77, que se propone modificar, se contrapone con lo anterior, al señalar en su fracción séptima que es impedimento “no dispensable” para contraer matrimonio, que la persona padezca alguna enfermedad crónica e incurable que sea además contagiosa o hereditaria.
En concreto, la diputada por el Partido del Trabajo plantea derogar del Código Familiar dicha fracción.
ANTONIETA SÁNCHEZ
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