CUERNAVACA, MORELOS.- Cambios a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del estado propone el diputado Mario Chávez Ortega, para que no se vea afectado el derecho a la información.
El legislador por el PRI detalló que su proyecto consiste en derogar la primera fracción del artículo 119 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Morelos que establece la figura de un "representante legal" para dar seguimiento a un recurso de revisión.
Chavez Ortega consideró que la figura de "representante legal" se convierte en un candado para el acceso a la información, ya que esto inhibe el ejercicio del libre derecho.
"Consideramos que el texto de la fracción antes mencionada es inadecuado porque no garantiza el goce del privilegio que tiene toda personas a buscar, recibir y difundir información de cualquier índole y es que representa una veda y limita el ejercicio de acceder a la información", declaró.
El legislador considera que es viable eliminar la petición de "representante legal", porque de no hacerlo va en contra de lo que establece el artículo sexto constitucional, el cual destaca que "toda personas, sin necesidad de acreditar interés alguno o justificar su utilización, tendrá acceso gratuito a la información pública, a sus datos personales o a la rectificación de estos".
El dipoutado domentó que es necesario que poco a poco se vaya avanzando en el tema de la transparencia, en quitar todos aquellos candados que impiden que todos los ciudadanos ejerzan libremente su derecho de acceso a la información pública.

Porque no garantiza el goce del privilegio que tiene toda personas a buscar, recibir y difundir información de cualquier índole y es que representa una veda y limita el ejercicio de acceder a la información." Mario Chávez, diputado local

Qué dice...
Artículo 119. El recurso de revisión deberá contener:
 I. El nombre del recurrente o de su representante legal
 II. El sujeto obligado ante la cual se presentó la solicitud
 III. Domicilio o medio electrónico para recibir notificaciones, de ser necesario, señalar a la persona que las pueda recibir en su nombre, en caso de presentarlo por escrito

 

Por: Marcela García
marcela.garcia@diariodemorelos.com
 

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