La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó por unanimidad invalidar los artículos 11 y 12 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, así como los artículos 217 Bis y Ter del Código Penal Federal que define el delito de remuneración ilícita.

Durante la sesión del máximo órgano jurisdiccional, se emplazó al Congreso de la Unión para que en el próximo periodo ordinario de sesiones fije el parámetro para el salario del presidente de la República.

Al respecto, ocho ministros de la SCJN señalaron que en los preceptos en cuestión persiste la discrecionalidad en la fijación del salario presidencial al no estar definido conforme a lo que dicta la Constitución.

Por ejemplo, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá señaló que es necesario dar certeza jurídica a los trabajadores del Estado, por lo cual llamó al Congreso a legislar nuevamente en la materia.

Alberto Pérez Dayán, por otro lado, propuso invalidar toda la ley porque no permite establecer objetivamente la remuneración del presidente, no explica lo que es una remuneración adecuada, irrenunciable y proporcional y tampoco incluye la regulación a las remuneraciones en el Poder Judicial.

Cabe destacar que se necesitaban ocho votos para anular la totalidad de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, sin embargo, solo se consiguieron siete.

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