Cuernavaca, Morelos.- El Instituto Nacional Electoral (INE) no podrá abrir urnas para seleccionar votos que ciudadanos depositen incorrectamente porque vulneraría la certeza de la elección, determinó Tribunal Electoral Federal.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó modificar el acuerdo del Consejo General del INE, mediante el cual aprobó reformas a diversos preceptos de su Reglamento de Elecciones, por considerar que la apertura previa de las urnas para la identificación de boletas depositadas por los ciudadanos incorrectamente el día de la jornada electoral excede su facultad reglamentaria y transgrede los principios de reserva de ley, certeza y seguridad jurídica, al modificar el procedimiento de escrutinio y cómputo, así como de traslado de paquetes electorales.
Las modificaciones al Reglamento fueron impugnadas por los partidos Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC) y Morena, los que objetaron, entre otras cuestiones, la regulación de la apertura previa de urnas y alteración al escrutinio y cómputo, así como el llenado de actas y traslado de paquetes.
Al resolver el SUP-RAP-749/2017 y acumulados, por mayoría de votos, la Sala Superior consideró fundados los agravios sobre  violaciones a los principios de reserva de ley y certeza en el procedimiento de escrutinio y cómputo de los votos, con una acción que no contempla la Ley Electoral.

Argumento
Implementar una medida de este tipo, puede llevar a generar sospechas que desde hace años han pretendido ser desterradas del sistema electoral mexicano.

Sesión. El tribunal electoral federal revoca acuerdos del Consejo del INE.

Por: Antonieta Sánchez
antonieta.sanchez@diariodemorelos.com

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp