La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el oficio emitido por el director ejecutivo de la Organización Electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) en el que respondió a Morena que los partidos políticos con registro nacional no podrán nombrar representantes ante cada una de las mesas receptoras que se instalarán para llevar a cabo la Consulta Popular del próximo 1 de agosto.

En sesión pública no presencial, por videoconferencia, las y los magistrados recordó que es la Constitución la que reconoce el derecho de la ciudadanía de votar en las consultas populares, con la clara precisión de que la promoción de estas tiene que ser imparcial; además, establece que deberá suspenderse la difusión de toda propaganda de cualquier orden de gobierno, salvo la que tenga que ver con autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia.

Por Redacción

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