CUERNAVACA, MORELOS.- Como el delito de moda que cada vez va más en aumento no sólo en Morelos, sino en todo el país, principalmente en los estados petroleros o por donde atraviesan ductos de Petróleos Mexicanos (Pemex), calificaron el robo de combustible especialistas en Derecho.
"Es el delito de moda, tal vez por los altos costos de la gasolina en México, por tanta corrupción que hay, o por la facilidad con que detectan las zonas por donde atraviesan los ductos para poder realizar tomas clandestinas", precisaron.
Mencionaron que con las reformas gestadas en materia de hidrocarburos, el 12 de enero del 2016 se expidió la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, en donde señala que las penalidades para los delitos en materia de combustibles van desde 2 a 25 años, dependiendo si es robo, compra, transportación, encubrimiento o explotación del hidrocarburo.

EL ROBO Y APROVECHAMIENTO
Según especialistas en Derecho, de acuerdo con el artículo 8 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, se sancionará con de 15 a 25 años de prisión y multa de 15 mil a 25 mil días de salario mínimo vigente en el lugar de los hechos, es decir un millón 132 mil 350 pesos a un millón 887 mil 250 pesos.
A quien sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Aunado a ello a quien aproveche hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.

COMPRADORES Y ALMACENADORES
Abogados indicaron que según el artículo 9 de dicha ley, se castigará a quien compre, enajene, reciba, adquiera, comercialice o negocie hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, sin derecho y sin consentimiento de asignatarios, contratistas, permisionarios, distribuidores o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Así como a quien resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre u oculte cualquier hidrocarburo, petrolíferos o petroquímicos de asignatarios o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Además a quien altere o adultere hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos sin derecho y sin consentimiento de asignatarios o de quien pueda disponer de ellos con arreglo a la ley.
Según la ley, estas conductas serán sancionadas con 2 a 4 años de cárcel y multa de 2 mil a 4 mil días de salario mínimo, es decir de 150 mil 980 pesos a 301 mil 960 pesos, cuando la cantidad sea menor o equivalente a 300 litros.
De 4 a 8 años de prisión y multa de 4 mil a 8 mil días de salario mínimo, es decir de 301 mil 960 pesos a 603 mil 920 pesos, cuando la cantidad sea mayor de 300 litros pero menor o equivalente a mil litros.
Aunado a ello, serán castigados con de 8 a 12 años de cárcel y multa de 8 mil a 12 mil días de salario mínimo, es decir de 603 mil 920 pesos a 905 mil 880 pesos, si la cantidad correspondiente es mayor de mil litros pero menor de 2 mil litros.
Asimismo, serán sancionados con de 10 a 15 años de prisión y multa de 10 mil a 15 mil días de salario mínimo, es decir de 754 mil 900 pesos a un millón 132 mil 350 pesos, si la cantidad es igual o mayor a 2 mil litros.
Mientras que en caso de no poder cuantificarse el volumen de los hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, objeto de las conductas descritas, se impondrá de 10 a 15 años de prisión y multa de 10 mil a 15 mil días de salario mínimo, es decir de 754 mil 900 pesos a un millón 132 mil 350 pesos, siempre que se acredite que por las condiciones en que se encuentra contenido dicho volumen, se presuma que se trata de cantidades mayores a los 2 mil litros.

A DUEÑOS DE TERRENOS
Asimismo, especialistas en Derecho afirmaron que de acuerdo con el artículo 15 de dicha ley, se castigará con de 4 a 6 años de prisión y multa de 4 mil a 6 mil días de salario mínimo, es decir de 301 mil 960 pesos a 452 mil 940 pesos, al arrendatario, propietario, poseedor o a quien se ostente como tal, de algún predio donde exista una toma clandestina, tenga conocimiento de dicha situación y no lo denuncie a las autoridades correspondientes.
Así como de 7 a 14 años de prisión y multa de 7 mil a 14 mil días de salario mínimo, es decir de 528 mil 430 pesos a un millón 56 mil 860 pesos, a quien con conocimiento de que se lleve a cabo algún delito en materia de hidrocarburos, facilite, colabore o consienta que lo realicen en su propiedad o no lo denuncie a las autoridades.

15 a 25 años
de prisión es la pena para quien sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos.
 
1 millón
132 mil 350 pesos a un millón 887 mil 250 pesos es la multa para quien sustraiga hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, de ductos, vehículos, equipos, instalaciones o activos.

LOS QUE DAN LITROS DE MENOS:

Según el artículo 16 de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en Materia de Hidrocarburos, se impondrá de 3 a 6 años de prisión y multa de 3 mil a 6 mil días de salario mínimo, es decir de 226 mil 470 pesos a 452 mil 940 pesos, a quien:

Suministre diesel con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 1.5 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición.

Suministre gas licuado de petróleo con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición.

Suministre gas natural, con conocimiento de que está entregando una cantidad inferior desde 3.0 por ciento a la cantidad que aparezca registrada por los instrumentos de medición.

Aunque para que sean sancionados deberá mediar denuncia del órgano regulador o de la parte ofendida.

2 a 4 años de prisión a quien sea sorprendido con 300 litros de hidrocarburo o menos.


150 mil 980 pesos a 301 mil 960 pesos de multa a quien sea sorprendido con 300 litros de hidrocarburo o menos.

4 a 8 años de prisión a quien sea sorprendido con más de 300 litros de hidrocarburo pero menos o el equivalente a mil litros.

301 mil 960 pesos a 603 mil 920 pesos de multa a quien sea sorprendido con más de 300 litros de hidrocarburos pero menos o el equivalente a mil litros.

 

Por: DDM STAFF
seguridad@diariodemorelos.com

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