CUERNAVACA, MORELOS.- Como un delito común y muy recurrente entre las personas fue calificado la falsificación de documentos, el cual está penado con de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 370 días de multa, es decir de 15 mil 098 pesos a 27 mil 931.3 pesos.
"Es un delito común, mucha gente sigue usando documentos falsos, tenemos a la gente que acude a comprar títulos falsos en Santo Domingo -Ciudad de México-, y muchos otros que falsifican actas de nacimiento", precisaron especialistas en Derecho.
Señalaron que la identificación es un derecho que otorga el Estado a cualquier persona nacida dentro de un país, y ésta se puede representar en documentos oficiales, por lo que falsificarlos es un delito grave.

ESPECIFICACIONES DEL DELITO
Según especialistas en Derecho de acuerdo con el artículo 214 del Código Penal de Morelos se le impondrán de cuatro a ocho años de prisión y de 200 a 370 días de multa, es decir de 15 mil 098 pesos a 27 mil 931.3 pesos, a quien para obtener un beneficio o causar daño falsifique o altere un documento o a quien ponga en circulación un documento falso.
Mencionaron que como parte del delito se tomará en cuenta tanto la falsificación o alteración total o parcial del documento, como el empleo de una copia, transcripción o testimonio alterados del mismo.
A quien utilice indebidamente un documento falso, o haga uso de uno verdadero, expedido a favor de otro, como si lo hubiera sido a nombre del agente.
Aunado a ello, a quien inserte o haga insertar en un documento hechos falsos concernientes a circunstancias que el documento deba probar, o lo altere, suprima, oculte o destruya.
Indicaron que también incurre en el delito quien aproveche la firma estampada en un documento en blanco, estableciendo o liberando de este modo una obligación, a quien estampe una firma o rubrica falsa, aunque sea imaginaria, o en su caso alterando una verdadera.
Así como a quien se atribuya, al extender un documento, o atribuya a un tercero un nombre, investidura, calidad o circunstancia que no tenga y que sea necesaria para la validez del acto.

USO INDEBIDO DEL DOCUMENTO
Abogados afirmaron que según el artículo 215 del Código Penal de Morelos, será castigado con la misma pena, quien con los mismos fines por engaño o sorpresa, haga que alguien firme un documento cuyo contenido desconozca, y que no habría suscrito de haberlo
conocido.
Asimismo, también será castigado quien haga uso de una certificación verdadera expedida en favor de otro, como si lo hubiera sido a su favor, o altere la que a él se le
expidió.
Así como a quien exhiba una certificación de enfermedad o impedimento que no tiene, eximiéndose de un servicio debido o de una obligación que la ley le impone, citando como ejemplo a quien presenta un documento falso de un impedimento médico para realizar el Servicio Militar Nacional (SMN).
 

CASTIGO SEVERO
Asimismo, especialistas en Derecho comentaron que cuando los delitos de falsificación a los que se refieren los artículos 214 y 215 recaigan en documentos públicos, la sanción podrá incrementarse hasta en un tanto más de la prevista en dichos preceptos.
Además, si el delito es cometido por un servidor público en ejercicio de sus funciones o persona investida de la facultad de dar fe pública, se incrementará la sanción hasta en una mitad más de la prevista para el caso de que se trate, es decir que la pena será de seis a 12 años de prisión.

4 a 8 años de prisión es la penalidad para quien  falsifique documentos.

3 años de suspensión, pérdida del cargo e inhabilitación para ocupar otro puesto hasta por cinco años, es parte del castigo a servidores públicos que falsifiquen documentos.
15 mil 098 pesos a 27 mil 931.3 pesos es la  multa para quien falsifique documentos.

6 a 12 años
es decir una mitad más de la pena normal, es el castigo para los servidores públicos que falsifiquen documentos.

"Es un delito común, mucha gente sigue usando documentos falsos, tenemos a la gente que acude a comprar títulos falsos en Santo Domingo -Ciudad de México-, y muchos otros que falsifican actas de nacimiento." Especialistas en Derecho.

SEÑALAMIENTO
Abogados afirmaron que debido a que es un delito cuya media excede de los cinco años de prisión, no hay medidas alternas y en caso de ser responsable se paga con cárcel.

Por: DDM STAFF /  seguridad@diariodemorelos.com

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