CUERNAVACA, MORELOS.- A pesar de que las lesiones es un delito que no es considerado grave, puede llegar a serlo cuando se te pasa la mano y matas a una persona, ascendiendo las penalidades desde 10 días de multa o trabajos en favor de la comunidad hasta 70 años de prisión un homicidio calificado.
Según especialistas en Derecho las lesiones no son un delito grave, pero se agravan cuando son calificadas o dejan secuelas en la víctima, es decir que le causan alguna cicatriz o invalidez, por mencionar algunas.
"El delito de lesiones puede ser doloso (intención) o culposo (como en un choque), y se siguen de oficio, salvo cuando son calificadas, es decir que hay alevosía, premeditación y ventaja, que por lo regular es cuando se levanta denuncia", precisaron.

PENALIDADES
De acuerdo con especialistas en Derecho, según el artículo 121 del Código Penal de Morelos, cuando las lesiones son mínimas y tardan en sanar menos de 15 días, al culpable se le sancionará con de 10 a 60 días de multa, es decir cuatro mil 382 pesos aproximadamente, o de 10 a 60 días de trabajo en favor de la comunidad.
Sin embargo, comentaron que si las lesiones tardan en sanar más de 15 días y menos de 30, el castigo será de tres a seis meses de prisión o de 30 a 120 días de trabajo a favor de la comunidad.
Señalaron que de la misma forma si las lesiones tardan en sanar más de 30 días, la pena para el agresor ascenderá a de uno a dos años de prisión y de 100 a 500 días de multa, es decir de siete mil 304 pesos a 36 mil 520 pesos.
Afirmaron que si los golpes dejan cicatriz permanente notable en la cara de la víctima, la penalidad será de dos a cuatro años de prisión, y de 200 a mil días de multa, equivalentes a de 14 mil 608 pesos a 73 mil 40 pesos.

AFECTACIONES
Asimismo, abogados indicaron que si una persona es víctima de lesiones y por ellas disminuye gravemente sus facultades o el funcionamiento de sus órganos, el agresor será enviado a la cárcel de dos a cinco años, y tendrá que pagar una multa de 200 a mil 500 días, es decir de 14 mil 608 pesos a 109 mil 560 pesos.
"Si la golpiza que sufra la persona pone en riesgo su vida, la penalidad es de dos a seis años de prisión y de 200 a dos mil días de multa -14 mil 608 pesos a 146 mil 80 pesos- para el agresor", indicaron.
Ahora, si la persona queda incapacitada más de un mes y menos de un año para desarrollar su trabajo, el castigo será de tres a seis años de cárcel, y de 300 a dos mil días de multa, es decir de 21 mil 912 pesos a 146 mil 80 pesos.
Mencionaron que la pena máxima para una persona que en una riña ocasiona la pérdida de cualquier función orgánica, miembro o facultad, o de una enfermedad incurable, es de tres a ocho años de cárcel, y de 300 a tres mil días de multa, de 21 mil 912 pesos a 219 mil 120 pesos.

HOMICIDIO POR GOLPIZA
Abogados mencionaron que de 20 a 70 años es la penalidad por homicidio calificado, el cual muchas veces deriva de una golpiza, siempre y cuando sea con premeditación, ventaja, alevosía o traición, por ejemplo se entiende premeditación cuando las lesiones o el homicidio se cometen por envenenamiento, asfixia, contagio venéreo, o bajo el uso de cualquier sustancia nociva para la salud, o por una retribución, es decir si le pagan o dan algo a cambio a un "golpeador" para
tundirte.
"Hay premeditación cuando el agresor es superior en fuerza física al ofendido y este no está armado, cuando al agresor usa un arma o porque tiene adiestramiento o porque te pega junto con otros amigos que lo ayudan", expresaron.
Asimismo, indicaron que cuando se registra un homicidio en una riña, la pena es menor a 20 años de cárcel, ya que el castigo se atenúa, es decir que baja, puesto que no es calificada (que exista premeditación, alevosía, ventaja).
Sin embargo, afirmaron que la ventaja no se acredita si el que la tiene actúa en legítima defensa, lo cual en muchas de las ocasiones es muy difícil de acreditar ante un juez.

HOMICIDIO EN
CHOQUE O LESIONES
Especialistas en Derecho afirmaron que cuando se trata de lesiones culposas (accidentes de tránsito), la sanción se agravará hasta una mitad más de la prevista para el delito culposo, y se le podrá aplicar la suspensión de sus derechos si se trata de un vehículo del servicio público o escolar.
Además, se sancionará de la misma manera si la persona actúa en estado de ebriedad o bajo el influjo de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias que produzcan efectos similares, sin que existe prescripción médica.
Asimismo, afirmaron que si derivado del accidente se causa homicidio las sanciones serán de seis a 20 años de prisión, privación o inhabilitación de sus derechos como conductor.

El delito de lesiones puede ser doloso (intención) o culposo (como en un choque), y se siguen de oficio, salvo cuando son calificadas, es decir que hay alevosía, premeditación y ventaja." Especialistas en Derecho.

10 a 60 días
de multa o de trabajo a favor de la comunidad es la pena menor por lesiones si tardan menos de 15 días en sanar.

6 a 20 años
es la pena por homicidio culposo que muchas veces deriva de lesiones ocasionadas en un accidente de tránsito.

70 años
de prisión es la pena por un homicidio calificado, el cual puede darse a través de una golpiza con premeditación y ventaja.

SEÑALAMIENTO
Cuando hay premeditación, ventaja, alevosía o traición
en las lesiones o homicidio, las penas se agravan, por la
superioridad que tiene el agresor ante la víctima.

OMISIÓN DE CUIDADO
Cuando abandonas a una persona incapaz de valerse, teniendo la obligación de cuidarla la pena aumentará de uno a tres años de prisión, además de las sanciones correspondientes si deriva en la muerte o en lesiones, se considerará homicidio o lesiones calificadas.

EXCULPAN
Cuando culposamente se ocasionen lesiones u homicidio en agravio de un ascendiente o descendiente consanguíneo en línea recta o hermano, no se procederá en contra del sujeto, salvo que se encuentre bajo los efectos del alcohol o drogas.

DISMINUCIÓN
En una riña el juez puede reducir hasta en una cuarta parte la sanción aplicable a las lesiones o al homicidio según el artículo 130 del Código Penal de Morelos, si considera que el imputado actuó en estado de emoción violenta por la situación.

Devolución de vehículos resguardados
Cuando un automóvil  con reporte de robo es encontrado, las autoridades lo llevan a un corralón. Para que pueda ser entregado al dueño, es necesario acudir  con los siguientes documentos:

Oficio de devolución firmado por el
Ministerio Público.

Identificación oficial vigente.

Copia del oficio de orden de cancelación del reporte de robo del vehículo asegurado.

*En original y copia.

Por: DDM  STAFF
seguridad@diariodemorelos.com

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