CUERNAVACA, MORELOS.- Aunque muchos no lo sepan o mejor dicho lo desconozcan, una larga vida de trabajo y de cotizar al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) tiene sus recompensas, por lo que aquí te explicamos cómo acceder a una pensión por vejez, y los beneficios que esto te puede dar a ti y a tu familia.
Según especialistas en Seguridad Social, la Ley del IMSS hablando de pensiones contempla ocho conceptos: viudez, orfandad, ascendencia, invalidez, incapacidad, riesgo de trabajo, cesantía y vejez, por los cuales una persona se puede pensionar siempre y cuando haya cotizado al IMSS durante cierto período.
En lo que concierne a vejez, especialistas en Seguridad Social señalaron que si tienes 65 años de edad y cumples con ciertos requisitos, tu puedes gozar de una pensión por vejez, siempre y cuando tengas un mínimo de 500 semanas cotizadas por la Ley 1973, y 1250 semanas cotizadas por la Ley 1997.
"El desconocimiento nos lleva a que hay mucha gente que por ejemplo falleció el esposo quien traía el sustento y por desconocimiento, la esposa y los hijos no pueden hacer valer el derecho, la institución no les va a mandar un mensaje diciéndoles tienes derecho a esto", externaron.

REQUISITOS PARA EL TRÁMITE
De acuerdo con especialistas en Seguridad Social para acceder a una pensión por vejez, necesitas cumplir con cuatro requisitos: tener 65 años cumplidos, contar con un mínimo de 500 semanas cotizadas al Instituto Mexicano del Seguro Social, si empezaste a cotizar antes de julio de 1997, y si lo hiciste después, requieres de un mínimo de 1250 semanas cotizadas según lo establecido en la Ley del IMSS.
Asimismo, otro de los requisitos es tener la conservación de derechos vigente, que no es otra cosa más que el lapso de tiempo que te da el IMSS para que trámites tu pensión, el cual es el 25 por ciento de las semanas cotizadas de acuerdo a la fecha en que te diste de baja.
Ejemplo, si tu antes de 1997 cotizaste mil semanas ante el IMSS en toda tu trayectoria laboral, y tu conservación de derechos contempla el 25 por ciento, hablamos entonces de 250 cotizaciones, "si hablamos que al año cotizas 52 semanas, en años casi me representan cinco años, entonces si me dieron de baja en el IMSS hoy 22 de enero, yo a partir de este día cuento con cinco años hacia adelante para tramitar mi pensión por cesantía".
Además, el trabajador debe estar dado de baja ante el IMSS, "muchas veces algunos no quieren darse de baja del IMSS porque tienen buen sueldo o quieren seguir trabajando, pero quieren sacar su pensión, entonces ahí lo que necesitan es negociar con su patrón para que los dé de baja y si eres buen elemento te contrate por honorarios o te pague por fuera".

QUE NECESITAS
Si cumples con todos los requisitos, para solicitar una pensión por vejez necesitas tu acta de matrimonio si está uno casado, las actas de nacimiento de tus hijos, quienes entran en un parámetro de 0 a 25 años.
De 0 a 16 años necesitas presentar el acta para acreditar que es tu hijo, si es mayor de 16 y menor de 25 años, también debes presentar un comprobante de estudios cada seis meses para que pueda continuar con la pensión.
Junto con todos estos documentos, necesitas presentar acta de nacimiento del titular del IMSS, la Clave Única de Registro de Población (CURP) de todos (titular, esposa e hijos), así como las credenciales de elector de los que son mayores de edad, y sin son menores, credenciales de estudiante.
Además, tienes que presentar un estado de cuenta de la Afore del titular, y necesitas aperturar una cuenta ante una institución bancaria, la cual contenga el número de cuenta y la Clabe Interbancaria para poder hacer los traspasos para cuando se dé la pensión.
Si todos tus documentos están en orden empiezan a realizar el trámite, en donde "ellos tienen que emitir una hoja de elección de régimen donde hacen dos cálculos, uno con régimen anterior, Ley 1973 y otro con Ley 1997, entonces ya tu ves cuanto te toca de acuerdo a cada ley y escoges, esto claro si tu empezaste a cotizar antes de 1997".
Posteriormente, viene la resolución, que es un documento que deriva de la elección de régimen, y al margen de que nos están entregando la hoja en donde viene el monto de la asignación de la pensión, la parte de la asignación familiar, lo que le corresponde a mis hijos, y fechas de pago, para que firme y acepte.

REQUISITOS
Tener 65 años
Haber cotizado 1250 semanas por Ley 1997 o 500 semanas por Ley 1973.
Conservación de Derechos.
Estar dado de baja ante el IMSS.

DOCUMENTOS
Acta de nacimiento del titular del IMSS.
Acta de matrimonio si está uno casado.
Actas de nacimiento del hijo o hijos, para menores de 0 a 25 años, de 0 a 16 años basta con el acta, de 16 a 25 años, cada seis meses es necesario un comprobante de estudios.
CURP de todos (titular, esposa e hijos).
Credenciales de elector si son mayores de edad, o de estudiante si son menores los hijos.
Estado de cuenta de la Afore.
Aperturar una cuenta bancaria, con número de cuenta y Clabe Interbancaria.

BENEFICIOS
Pago mensual de acuerdo al balance que sacó el IMSS según semanas cotizadas.
Aguinaldo equivalente a lo que vale una pensión del titular.
Servicio médico para mi y mi familia, en caso de hijos hasta los 25 siempre y cuando estén estudiando.
Incremento del 3.6 a 3.7 por ciento cada año en el mes de febrero según lo estipule el gobierno.

65 años
de edad necesitas para poder acceder
a una pensión por vejez del IMSS.

2 mil 466
pesos en una pensión mínima garantizada por vejez (si es muy bajo el salario cotizado al IMSS).

500 semanas
cotizadas ante el IMSS necesitas si estás por
el régimen de Ley 1973 para poder
pensionarte por vejez.

1250 semanas
cotizadas ante el IMSS necesitas si estás por
el régimen de Ley 1997 para poder
pensionarte por vejez.

Por: DDM STAFF / seguridad@diariodemorelos.com

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