Cuernavaca, Morelos.- Aveces por desconocimiento no sabemos como exigir nuestros derechos, y al morir nuestros padres quienes trabajaron años y cotizaron al Seguro Social, pensamos que estamos desamparados y que sus aportaciones al IMSS fueron en vano, por lo que aquí te explicamos como acceder a una pensión por orfandad.

Al respecto, especialistas en Seguridad Social señalaron que si tu padre o madre fallecieron, cotizaron 150 semanas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), eres menor de 25 años y estudias, puedes acceder a una pensión por orfandad.

"Los menores de 25 años tendrán derecho a reclamar orfandad, siempre y cuando estén estudiando, los menores de 16 años sólo con acreditar que son hijos (del difunto), obviamente el padre o madre tienen que ser asegurados o pensionados, y acreditar 150 semanas cotizadas o alguna pensión", precisaron.

REQUISITOS

Para poder acceder a una pensión por orfandad, los menores de 0 a 16 años tienen que acreditar que son hijos del difunto, el cual tendrá que haber sido asegurado o pensionado por el IMSS, además de haber cumplido con un mínimo de 150 semanas cotizadas ante la institución.

Si son mayores de 16 años, especialistas en Seguridad Social mencionaron que deberán estudiar y cada seis meses entregar una constancia de estudios en el IMSS, para acreditar que siguen preparándose.

"El goce de la pensión (por orfandad) empieza cuando el asegurado o pensionado muere, si cumplo 16 años y por cierta razón dejo de estudiar, hasta ahí termina mi pensión porque ya no voy a poder comprobar con mi constancia de estudios mi dependencia; como tope tengo hasta los 25 años para recibir pensión por orfandad, siempre y cuando siga estudiando", expresaron.

Asimismo, mencionaron que de acuerdo con la Ley del IMSS, una vez que cumples 25 años tienes que dejar la pensión o te la quita el Seguro Social, aunque contempla darte una especie de finiquito, "con el último mes te tendrán que otorgar tres meses de lo que valga tu pensión de orfandad".

DE CUANTO ES MI PENSIÓN

Según la Ley del IMSS en su artículo 135 señala que la pensión por orfandad equivale a un 20 por ciento del monto que le hubiese correspondido al asegurado, en caso de que le hayan autorizado una pensión por invalidez.

De acuerdo con especialistas en Seguridad Social, al morir el asegurado o pensionado, el IMSS hace un cálculo como si se le otorgara una pensión por invalidez al difunto, y de esa pensión el 20 por ciento es el monto que se les dará a los huerfanos.

Ahora, si se da el escenario de que mueren los dos padres, el monto de la pensión incrementa al 30 por ciento tomando como base una pensión por invalidez.

"Normalmente este tipo de pensiones son muy baratas, es del 20 por ciento y sube al 30 por ciento si es huerfano de ambos padres", afirmaron.

Además, indicaron que si ambos padres eran asegurados, los hijos tienen derecho a recibir una pensión por orfandad de ambos papás. "se tiene derecho por parte de los dos (padres), yo puedo hacer valer los derechos derivados del trabajo de mi padre y de mi madre si es que ambos eran asegurados del IMSS".

Por: Ddm Staff
seguridad@diariodemorelos.com

Cumple los criterios de The Trust Project

Saber más

Síguenos en Google Noticias para mantenerte siempre informado

Sigue el canal de Diario De Morelos en WhatsApp