CUERNAVACA, MORELOS.- El 5 de julio de 2016, Morelos se convirtió en la sexta entidad en aprobar el matrimonio igualitario, antecedido por Colima, Nayarit, Quintana Roo, Coahuila y la Ciudad de México; a iniciativa del Gobernador Graco Ramírez, enviada en julio de 2015.
Esta unión civil les permite gozar de todos los beneficios, económicos y no económicos asociados al matrimonio; entre estos destacan los siguientes: beneficios fiscales,  beneficios de solidaridad, beneficios por causa de muerte de uno de los cónyuges, beneficios de propiedad, beneficios en la toma subrogada de decisiones médicas y beneficios migratorios para los cónyuges extranjeros.
El Congreso local aprobó por mayoría, y en contra los votos fueron de los cuatro diputados del PAN y del legislador del Partido Encuentro Social, afín a la religión cristiana. El Constituyente Permanente votó: 12 ayuntamientos a favor y 12 cabildos en contra; cinco por afirmativa ficta.
El paquete de reformas que permiten el matrimonio igualitario fueron al Artículo 120 de la Constitución Política y  a distintas disposiciones del Código Familiar y del Código Procesal Familiar, para la regulación de la figura jurídica del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Un mes después, se realizaron las primeras bodas directas entre personas del mismo sexo, en Cuernavaca, pese a las múltiples movilizaciones realizadas por grupos conservadores y el Obispo Ramón Castro, meses y días previos a la aprobación en el Congreso local.
Por esta oposición, las movilizaciones y el reproche del Obispo a los diputados por la aprobación de las bodas gay, el Movimiento por la Igualdad en México interpuso una queja ante el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (Conapred) contra Ramón Castro, por presuntos actos de discriminación en perjuicio de las parejas del mismo sexo. 

Agosto 19. Dos parejas unieron sus vidas en Cuernavaca sin recurrir a amparo, tras la legalización del matrimonio gay.

"El matrimonio es la unión voluntaria de dos personas, con igualdad de derechos y obligaciones, con el propósito de desarrollar una comunidad de vida y ayudarse mutuamente. " Artículo 120 de la Constitución local

 

Por: Ddm Staff / local@diariodemorelos.com

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