La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) finalmente enlistó en su orden del día las acciones de inconstitucionalidad que partidos políticos promovieron contra la reforma al Código de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado en materia de violencia política por razón de género. 
Los partidos no impugnaron la violencia política por razón de género, sino el aumento del porcentaje, de 3 a 4 puntos, de la votación válida emitida en la elección de diputados, que necesitarán a partir del siguiente proceso electoral para conservar el registro como partidos locales, entre otros conceptos incluidos en la reforma. 
De acuerdo con el orden del día que el Pleno desahogará en su sesión de mañana 1 de octubre, el punto dos corresponde a la acción de inconstitucionalidad 139, y sus acumuladas 142, 223 y 226 que por separados los partidos Social Demócrata (PSD), de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano (MC) interpusieron solicitando la invalidez de varios conceptos de la reforma al Código, publicada el pasado 8 de junio en el periódico oficial “Tierra y Libertad”. 
El Congreso buscó aprobar antes de que concluyera el plazo legal (90 días antes del inicio del proceso electoral) cambios a la Constitución relacionados con la elección de candidatos de representación popular y los partidos. 
La reforma fue rechazada por los municipios y, en consecuencia sólo se publicó la reforma al Código de Procedimientos y a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; sin embargo en la publicación del decreto se incorporaron modificaciones, como la del porcentaje para el registro.

Por Antonieta Sánchez / local@diariodemorelos.com

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